domingo, 22 de abril de 2012

Curso Fundamentos de Manejo Moderno de Áreas Protegidas- Tarea 1.1

ÁREAS PROTEGIDAS ARGENTINAS

         Argentina es uno de los primeros países en establecer Parques Nacionales naturales, el primer Parque Nacional se origina el 6 de noviembre de 1903 a partir de la donación que hizo el Dr. Francisco Pascasio Moreno de un extenso y bello territorio a orillas del lago Nahuel Huapi. Tal territorio le había sido asignado a Moreno por el estado nacional como premio a sus servicios. Moreno, en lugar de quedárselo como una estancia, decidió devolverlo al Estado. Con el objetivo que se conserve la propiedad con estos lugares excepcionalmente hermosos para el mejor provecho de las generaciones presentes y venideras. De esta manera realizar la devolución de este territorio a la población originaria de la región y con ella, también, a toda la Nación Argentina.
         El 1 de febrero de 1904 al ser aceptado el legado de F.P. Moreno la República Argentina resultó ser el tercer país de toda América en crear un Parque nacional y el primero en Sudamérica (hasta entonces, en 1872 se había creado el primer Parque Nacional “Yellowstone” en Estados Unidos de Norteamérica y en 1885, el Parque Nacional “Banf”, en Alberta, Canadá aún colonia o dominio del Reino Unido). En 1928 se establece el primer cuerpo de guarda parques de 7 personas destinados al Parque Nacional.
         Mientras que el proceso de implementación del primer parque nacional continuaba sus trámites administrativos, en 1920 el presidente Hipólito Yrigoyen decretó que se ampliaría las áreas a resguardar incluyendo la adquisición de unas 75.000 ha. en torno a las Cataratas del Iguazú en donde se crearía el "Parque Nacional del Norte" (actual Parque Nacional Iguazú) por el cual solicito a el paisajista Carlos Thays que desarrolle el proyecto para la creación de este segundo parque nacional.
         Finalmente el primer Parque Nacional fue delimitado en 1937 y llamado Parque Nacional del Sur, para ser luego el actual Parque Nacional Nahuel Huapi. Dentro del decreto de creación quedan establecidas las primeras medidas de protección, como prohibir el corte de árboles, la caza de animales silvestres, la alteración de los cursos de agua y todo acto que pueda afectar la naturaleza de la región.
         A partir del 9 de octubre de 1934 mediante la Ley N° 12.103 se creó la Dirección de Parques Nacionales, dependiente del Ministerio de Agricultura de la Nación y simultáneamente los Parques Nacionales Nahuel Huapi e Iguazú, durante la presidencia del Gral. Agustín P. Justo. La ley original que reglamentó la organización, administración y fiscalización de las áreas naturales protegidas se modificó mediante las leyes N° 18.594 del 6 de febrero de 1970 y N° 22.351 del 15 de diciembre de 1980, creándose la “Administración de Parques Nacionales” con sede en la ciudad autónoma de Buenos Aires como la conocemos hoy. Con el objetivo de proteger las mayores bellezas naturales del país – los lagos, bosques y montañas de la Patagonia y las cataratas insertas en la selva subtropical de Misiones –, se inicia en esa fecha la historia de las instituciones argentinas dedicadas a la conservación de la naturaleza. Hoy el Parque Nacional Nahuel Huapi abarca una extensión de 115.000 hectáreas en el noroeste de la Provincia de Santa Cruz. Comprende una región montañosa cortada por valles, algunos de los cuales se encuentran a más de 900 metros sobre el nivel del mar.
           Inicialmente la política nacional una vez de aceptar la donación del Dr. Perito Moreno, orienta a la creación de las áreas protegidas como estrategia de afirmación de la soberanía territorial y al desarrollo regional de áreas de frontera y periféricas, como en Patagonia. Impulsando en los parques nacionales la actividad turística nacional e internacional, como principal motor de desarrollo. Se realizaron fuertes inversiones en infraestructura vial de transporte y hotelera. Recién en 1940 y 50 (Gobierno de presidente Perón), fomento el desarrollo de la investigación sin abandonar el turismo y la defensa de la soberanía. De esta manera se aprecia el valor científico de la conservación de la flora y fauna, e impulsa el desarrollo de las Ciencias Naturales en el País.
         En 1970 se dicta la nueva Ley de Parques Nacionales N° 18594, que establece categoría entre las áreas protegidas nacionales, cada una con diferentes objetivos y normas de conservación. La autoridad de aplicación debía delimitar correctamente las mismas en el terreno. La ocupación para las actividades humanas debía estar acotadas a ciertas áreas y preservar en forma estricta las áreas de parque nacional. Las provincias no tenían iniciativas autónomas de creación de áreas protegidas pero algunos realizaron por su propia cuenta la creación de áreas protegidas provinciales pero con poca capacidad técnica y económica.
         En Jurisdicción Provincial las primeras áreas protegidas datan de la década del 30, la provincia de Tucumán establece la primera Reserva “ La Florida” en 1936, por el impulso precursor regional de la Universidad de Tucumán y el naturalista Miguel Lillo, profesor de la misma.
         La Provincia de Jujuy establece su primera área protegida en 1952 por decreto Provincial № 731 “Parque Provincial Potrero de Yala” El PPY fue creado en 1952 mediante la expropiación del Lote rural 228 A del Distrito de Yala. En el año 2000 se declara la zona como área protegida mediante la Ley Provincial № 5203 constituyendo la Primera Área Protegida de la Provincia de Jujuy (Dirección de Medio Ambiente y Recursos
Naturales 2006). Las siguientes áreas creadas fueron bajo el régimen de Dictadura Militar, como el primer Parque Nacional “Parque Nacional Calilegua” creado en el año 1979. Este se origina por la donación de tierras de la Provincia de Jujuy al Estado Nacional (Decreto-Ley 3586/78), para que estas fueran destinadas a la creación de un Parque Nacional. quien aceptó la cesión a través del decreto ley del Poder Ejecutivo N° 1733 del 19 de julio del 79, con destino al Servicio Nacional de Parques Nacionales y con afectación al sistema de la Ley de Parques Nacionales.
          Considerando los párrafos anteriores podemos concluir claramente que la creación  de Áreas Protegidas en argentina fue impulsada por el Dr. Perito Moreno que amablemente entrego sus tierras para la conservación de lugares únicos, esta motivación fue cambiando de acuerdo a las políticas de estado y a la participación del país en distintas políticas internacionales sobre la protección del ambiente. Algunas de estas políticas han producido conflictos sociales al establecer las áreas protegidas.
          Los mecanismos utilizados para la creación de de Áreas Protegidas Nacionales en nuestro país, han estado acompañadas por la política de expulsión de pobladores y la violación a los derechos de los habitantes originarios del territorio, política que también se llevó a cabo con aquellos pobladores criollos que habitaban dentro de las unidades de conservación. Se suma a esta situación de opresión del estado, en el contexto de dictadura militar. Esta política llevó al desarraigo, a la limitación para el uso de los recursos y el ambiente que tradicionalmente manejaban, y desestimó por completo sus necesidades afectando su supervivencia. Estas políticas llevaron a la aplicación de un modelo aislacionista en el manejo de las AP, sin tomar en cuenta la dinámica de los procesos socio-económicos en el entorno regional que impidieron alcanzar con eficacia los objetivos de conservación de las áreas (Carpinetti, 2005). Esto también se puede observar al ver que no se considera la tenencia de la tierra en la mayoría de las propuestas para incluir áreas en el Sistema de Parques Nacionales y provinciales, de esta manera han creando conflictos socio- ambientales que se identifican como la resistencia hacia la creación de nuevas áreas protegidas todavía en ciertos lugares. Por ejemplo se encuentra gente que vive alrededor de las áreas protegidas del norte argentino que no conocer el objetivo de creación del área, no conocen los límites, no perciben ningún beneficio de las mismas y las consideran una violación a los derechos de la gente de usar esas tierras para fines productivos, de cacerías o extracción de otros recursos. Estas políticas también muestran que muchas de las áreas protegidas se han establecido sin un criterio científico apropiado, sino como consecuencia de oportunidades políticas, por simple donación o uso de terrenos fiscales de escaso valor económico (existen muchas áreas que protegen terrenos marginales, laderas de montañas, cumbres montañosas, desiertos o glaciares, o sitios fragmentados). En estos casos, la tarea de manejo o protección puede ser mucho más costosa debido a que estas áreas no tiene un diseño adecuado que permita alcanzar los objetivos de conservación.
          Algunas áreas protegidas solo existen en papel y hasta hoy no presentan planes de manejos, ni zonificación, ni reglamentación sobre los usos de los recursos naturales, explotación, cacería y no cuentan con infraestructura para recibir a los visitantes. Estos se llaman parques de o en papel y es una situación muy común en Latinoamérica.
          El país hoy está participando en distintas políticas internacionales de protección del ambiente, esto se ve reflejado en cambios en las políticas de creación y manejo de áreas protegidas donde se incluye el desarrollo sustentable, el enfoque ecosistémico, la participación de las comunidades locales en la planificación y manejo, trabajo y equidad social, dinamizando las economías regionales. (Res. N° 142/2001 del Honorable Directorio Parques Nacionales). Bajo esta nueva visión se planifica la conservación a largo plazo en cada Parque Nacional, lo cual se expresa en los actuales planes de gestión y los planes operativos anuales. (Plan de Gestión Institucional, 2001).
          Sin dudas las Áreas Protegidas son una estrategia de conservación efectiva, al reconoce que al proteger un ecosistemas naturales también no solo sirven para proteger y contener la biodiversidad sino que tienen innumerables beneficios para la comunidad en forma de servicios ambientales (protección de cuencas, reducción de erosión, control de clima local, polinización de cultivos y plantaciones, etc.) y proporciona recursos (forrajes para animales no maderables, energía hidroeléctrica, etc). Pero solas y aisladas su aporte será cada vez menor, por lo cual hoy tenemos como desafío ampliar las áreas de conservación. Para ello es imprescindible utilizar nuevas herramientas como el Ordenamiento Territorial de la Masas Boscosas (Ley Nacional N°22.331), mantener una conexión de áreas protegidas incluyendo áreas de amortiguamiento, corredores biológicos, áreas transformadas en restauración e incluir en los sistemas de áreas protegidas las propiedades privadas que dejen una porción de la vegetación nativa intacta para su conservación.


Bibliografía

  • Administración de Parques Nacionales. 2001. Plan de Gestión Institucional.
  • Carpinetti, B. 2005. De la Expulsión al Comanejo. Editorial APN.
  • Fundación Pro-Yungas. 2007. Diagnóstico socio-ambiental del Parque Provincial Potrero de Yala y su área de influencia.
  • Ley Nacional N° 22351- “Ley de Parques y Reservas Nacionales y Monumentos Naturales”.
  • Ley Nacional N° 22331 “Ley de presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos
  • Administración de Parques Nacionales. Noviembre 2009. PLAN DE GESTIÓN PARQUE NACIONAL CALILEGUA Provincia de Jujuy. Reserva de Biosfera de las Yungas. Versión para el Expediente N° 1190/09. Ministerio de Medio Ambiente. 
  • http://www.greenvest.org/arp/argentina_historia_de_las_aps.php

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